miércoles, 23 de julio de 2008

PERITOS DECLARAN LA AUTENTICIDAD DE LAS FIRMAS DE NAPOLEÓN GÓMEZ URRUTIA. - LA PGR ACTUA EN CONTRA DEL SINDICATO MINERO POR CONSIGNA

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES MINEROS, METALÚRGICOS, SIDERÚRGICOS Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA MEXICANA
--BOLETÍN INFORMATIVO--
51/2008
Miércoles 23 de julio de 2008

*El Juez Octavo en Materia de Amparo del DF abre la posibilidad de concederle a Gómez
Urrutia el amparo y la protección de la justicia

*Los peritos grafólogos del Juez y de los defensores certifican que la firma es auténtica; el perito de la PGR la descalifica, actuando por evidente consigna

*En una argucia agresiva más, la PGR se opone al retorno del Dirigente Minero Nacional a nuestro país

(Ver adendum, páginas adelante)

El Juez Octavo en Materia de Amparo del Distrito Federal abrió, con fecha 20 de junio de 2008, la posibilidad de que el compañero Napoleón Gómez Urrutia, Secretario General del Sindicato Nacional de Mineros, obtenga el amparo y la protección de la justicia, en el juicio de amparo que como quejoso promovió contra las maniobras dilatorias de la Procuraduría General de la República, a fin de que pueda retornar a México sin obstrucciones jurídicas, ya que con esa determinación del Juez se desmantelaría el andamiaje de mentiras y argucias legales con que lo mantienen en un exilio forzado en el extranjero, que dura más de dos años.

Ello no ignora el hecho de que prosiguió la alevosa, cobarde e ilegal persecución política contra el Secretario General del Sindicato Nacional de Mineros, Napoleón Gómez Urrutia, de parte de las autoridades ministeriales federales, pues mientras los peritos del Juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo y de la defensoría legal del Dirigente Sindical dictaminaron que la firma de Gómez Urrutia estampada en los alegatos de su petición de amparo es sin lugar a dudas de su puño y letra, el perito de la Procuraduría General de la República (PGR) señaló extraña y arbitrariamente que no es auténtica.

Declararon los abogados del Sindicato Nacional de Mineros, con ocasión de estos hechos, ocurridos el 20 de junio de 2008, dentro del juicio de amparo 907/2007-IV promovido por Napoleón Gómez Urrutia: “El perito de la Procuraduría General de la República determinó que la firma no corresponde del puño y letra de Napoleón Gómez Urrutia, lo cual no es posible que el perito determine en este sentido su dictamen, cuando existen otros dos peritajes en donde concluyen y determinan que sí es atribuible por su ejecución al puño y letra del quejoso la firma que obra en el escrito inicial de demanda en relación con las firmas indubitables aportadas como cotejo”.

Y añadieron: “Es importante aclarar que fue el Juez quien determinó cuáles son los documentos que servirían para su cotejo, es decir, los documentos indubitables. Por lo que una vez emitido el dictamen, el Juez está en posibilidad de conceder el amparo y protección de la Justicia Federal”.

El Juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo en el Distrito Federal había designado al perito Enrique Hernández, quien a la vez es perito de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y el quejoso, Napoleón Gómez Urrutia, designó a la perito María Enriqueta Carmen Márquez Díaz, quien a la vez es perito del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

No se trata, pues, de peritos sin experiencia o con opinión previamente parcializada a favor del quejoso, a diferencia del perito que presentó la PGR, quien evidentemente actuó por consigna en contra de Napoleón Gómez Urrutia.

El Sindicato Nacional de Mineros, a través de su Secretario de Asuntos Políticos, Carlos Pavón Campos, consideró absurdo y parcializado el dictamen del perito de la PGR, Gabriel Montiel Hernández, pues los del juez y de la defensoría son personas muy versadas en el campo grafoscópico y ampliamente reconocidas como capaces en su labor, además de honorables. “Esto indica --dijo Pavón-- que la PGR está actuando por consigna para mantener la persecución cobarde y alevosa contra el compañero Gómez Urrutia, y sólo busca estorbar y alargar el proceso de retorno del dirigente minero a nuestro país, una vez que en tribunales se ha probado a plenitud que está exento de toda culpa de lo que se le acusa calumniosamente”.

Sin embargo, agregó Pavón, “el Juez Octavo en Materia de Amparo del DF quedó en la posibilidad de concederle el amparo al compañero Gómez Urrutia y darle así la protección de la justicia, por lo cual, cuando ello ocurra, nuestro dirigente Nacional podrá retornar a México sin obstrucciones, que tanto han dañado al movimiento obrero nacional y a los mineros, metalúrgicos y siderúrgicos de México”.

“En tal virtud, agregó Pavón, está claro que se ha tratado de una ilegal y empecinada persecución de la PGR contra el compañero Gómez Urrutia y contra todo el gremio minero, metalúrgico y siderúrgico del país, pero que va más allá de estos límites, pues atenta contra la autonomía y la libertad de todos los sindicatos mexicanos, donde autoridades del actual gobierno obedecen los dictados e intereses del Grupo México y su dueño Germán Larrea Mota Velasco, que es quien debía estar siendo juzgado, procesado y encarcelado por el homicidio industrial de Pasta de Conchos, Coahuila, en febrero de 2006, y por el asesinato vil del compañero Reynaldo Hernández González a manos de guardias fascistas pagadas por Grupo México en Nacozari, Sonora, en agosto de 2007”.
--ADENDUM AL BOLETÍN INFORMATIVO 51—
Miércoles 23 de julio de 2008

Hoy mismo en las oficinas del Sindicato Nacional de Mineros se desarrolló una conferencia de prensa con la participación de los abogados penalistas y laborales que forman parte de la defensa penal y laboral del Organismo Sindical: abogados Eduardo Amerena Minville, Marco Antonio Del Toro Carazo y Carlos de Buen Unna. La conferencia de prensa tuvo también la participación de los dirigentes sindicales Carlos Pavón Campos, José Barajas Prado y Juan Luis Zúñiga Velázquez. Allí los abogados anunciaron las siguientes acciones legales:

*Denuncia Penal en contra de Javier Lozano Alarcón, Secretario del Trabajo y Previsión Social, por el delito de abuso de autoridad y contra la administración de Justicia.

*Amparo en contra de la inactividad negligente de la PGR para investigar y perseguir los trágicos hechos ocurridos en “Pasta de Conchos”.

El día de hoy el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos , Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, interpuso denuncia penal ante el C. Procurador General de la República, en contra del actual secretario del trabajo Javier Lozano Alarcón y sus copartícipes Álvaro Castro Estrada, Pablo Muñoz y Rojas, Juan Cornejo Moreno y Sergio Méndez Silva, todos ellos funcionarios de la STPS, por su probable responsabilidad en la comisión de los delitos de abuso de autoridad y contra la administración de justicia en agravio del Sindicato Minero.

Debido a la clara inclinación hacia los intereses de Grupo México mostrada por el Secretario del Trabajo y sus coacusados al negar la toma de nota del Secretario General Napoleón Gómez Urrutia y el Secretario General Suplente Mario García Ortiz, el Sindicato Minero decidió denunciar tales hechos ante el propio Procurador General de la República.

ATENTADOS A LA AUTONOMÌA SINDICAL

En la denuncia se muestran claramente todas las artimañas utilizadas por el Secretario del Trabajo y sus coacusados para negar al Sindicato Minero la libre elección de su dirigencia. De esta forma, queda clara su responsabilidad en la comisión de los delitos de abuso de autoridad y contra la administración de justicia, cuya pena alcanza los ocho años de prisión, así como su destitución e inhabilitación del cargo que actualmente ostenta.

Como se advierte claramente del escrito de denuncia presentado ante el C. Procurador General de la República, el Secretario del Trabajo y sus coacusados han negado mediante malsanas excusas, la prestación de un servicio público al que se encuentran obligados por ley; dictando con ello resoluciones en contra del Sindicato a sabiendas de su ilegalidad. Ello, en una clara sumisión a los intereses de Grupo México.

La negativa por parte del Secretario del Trabajo a “tomar nota” de la dirigencia elegida libremente por el Sindicato Minero en pleno ejercicio de su autonomía sindical, le genera una responsabilidad penal por los delitos de abuso de autoridad y contra la administración de justicia. El actual Secretario del Trabajo ha llegado al absurdo de considerar que el Secretario General Napoleón Gómez Urrutia no goza de sus derechos sindicales por el sólo hecho de ser víctima de una persecución política gestada por Grupo México en contubernio con funcionarios del Gobierno Federal. En efecto, Javier Lozano Alarcón en conjunto con el resto de los funcionarios ahora denunciados, han llegado al extremo de considerar al Licenciado Napoleón Gómez Urrutia como un prófugo de la Justicia Mexicana, argumentando que por tal motivo sus derechos sindicales se encuentran temporalmente suspendidos.

Lo anterior resulta ser completamente falso, pues al día de hoy no existe sentencia alguna que declare culpable al licenciado Napoleón Gómez Urrutia de los hechos que frívolamente se le imputan, por lo que no existe cabida para considerarlo como un prófugo de la Justicia. Ello, en estricto apego al principio de presunción de inocencia ampliamente reconocido por nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Al margen de ello, es decir; aun cuando erróneamente pudiera ser considerado como un prófugo de la justicia, la suspensión de sus derechos se extendería únicamente a lo que concierne al ámbito civil y político, es decir; a votar, ser votado, etcétera, y no a los sindicales.

Así pues, el Secretario del Trabajo en otra más de sus malsanas y burdas interpretaciones de la ley, pretende escalar la suspensión de derechos civiles y políticos a la que hace referencia el artículo 38 Constitucional, a la suspensión de derechos sindicales a los que hacen referencia los estatutos del Sindicato. El licenciado Napoleón Gómez Urrutia no es prófugo de la Justicia y aunque así lo fuera, goza plenamente de todos sus derechos sindicales que le permiten el fiel desempeño del cargo que le fue conferido por los agremiados del Sindicato Minero.

En ese plano de arbitrariedades, el Secretario del Trabajo llega al absurdo de pretender interpretar los estatutos del Sindicato Minero para intentar justificar la negativa, no obstante que tal facultad se encuentra reservada única y exclusivamente a la organización sindical.

Tales actos, además de ser delictivos a la luz del Código Penal Federal, violan lo dispuesto por todos los tratados internacionales de los que México es parte, lo que en su momento dará pie a la intervención de los Organismos Internacionales competentes.

PASTA DE CONCHOS

Por otro lado, se prevé la presentación de un amparo indirecto en contra de la PGR por su negligente negativa a investigar los trágicos hechos ocurridos en la mina Pasta de Conchos.

Tal y como se advierte de la demanda de amparo formulada por los deudos de las víctimas y el Sindicato Minero, la PGR ha obstaculizado mediante su inactividad negligente la investigación y el castigo de los responsables del homicidio de 65 mineros. En efecto, a más de dos años de ocurrido el homicidio industrial y a más de un año de que fue presentada la denuncia en contra de los ex funcionarios de la Secretaria del Trabajo y los funcionarios de la empresa Grupo México por su responsabilidad del homicidio industrial de los 65 mineros caídos en Pasta de Conchos, la PGR no ha realizado ningún tipo de investigación dentro de la averiguación previa. Por el contrario, se ha enfocado en obstaculizar el progreso de la investigación, negando por ejemplo, el que los deudos de las víctimas y sus abogados puedan tener acceso al expediente. En otras palabras, se han empeñado en que la averiguación previa siga guardada en un cajón.

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