SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES MINEROS, METALÚRGICOS,
SIDERÚRGICOS Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA MEXICANA
--URGENTE, COMUNICADO DE PRENSA URGENTE--
32/2012
Viernes 27 de julio de 2012
*El Sindicato Minero responsabiliza de cualquier
acto de violencia y desorden en Bermejillo, Durango, a la arrogante Excellon
Resources Inc.
*Esa empresa ha estado emitiendo provocadores
llamados a la población del lugar a presentarse en la boca de la mina La
Platosa, ocupada desde el 8 de julio por ejidatarios de La Sierrita y
trabajadores mineros de la Sección 309.
*Ejidatarios y mineros tomaron la mina pacíficamente
en protesta y en demanda de justicia y legalidad, y siguen empeñados en no cejar en su exigencia de cumplimiento del
contrato mediante el diálogo con esa
compañía.
El Sindicato Nacional de
Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República
Mexicana responsabiliza a la empresa Excellon Resources Inc. por los actos de
violencia que lleguen a suceder en la mina La Platosa del municipio de
Bermejillo, Durango, ya que esa compañía está empujando, mediante un
comunicado, a los habitantes del lugar a presentarse en la boca de la mina
mencionada.
El propósito de dicha presencia, según
el comunicado de la empresa, es “presionar” a trabajadores mineros y a
ejidatarios a que desalojen el lugar, que tienen ocupado desde el 8 de julio en
protesta y demanda de justicia por la soberbia de Excellon, que se ha negado a
dialogar con los campesinos y los mineros para encontrar soluciones que lleven
al cumplimiento del contrato de arrendamiento de tierras que celebraron en 2008
la firma minera y los ejidatarios de La Sierrita, que la empresa canadiense no
ha cumplido en ninguna de sus partes, y en exigencia de que dicha firma no se
inmiscuya en asuntos estricta y exclusivamente sindicales y que no viole con
ello el derecho de asociación sindical de los trabajadores mineros de la
Sección 309 del Sindicato Minero, de la mina La Platosa, mediante recuentos amañados
y tramposos, como el que realizó el 5 de julio, mediante amenazas, terrorismo
empresarial y el uso de golpeadores provenientes de otros lugares.
En efecto, Excellon Resources está
difundiendo con volantes esa invitación a los habitantes, con el claro
propósito de provocar incidentes de desorden y violencia y con ello culpar a
los trabajadores mineros y a los ejidatarios de realizar “actos ilegales” en su
ocupación de la mina La Platosa.
Es Excellon Resources Inc. La que se ha
negado a cualquier clase de diálogo con mineros y con ejidatarios, por lo cual
estos no cejarán en su demanda de justicia y de cumplimiento del contrato de
arrendamiento de 2008. Incluso dicha compañía se negó a iniciar el diálogo días
antes de la fecha del mismo, sin dar ninguna explicación coherente y sensata a
su abandono, sino que con arrogancia autoritaria simplemente se ausentó de la
que iba a ser la mesa de negociaciones ya instalada, sólo en espera de los
representantes de la firma canadiense, que está actuando con prepotencia
también contra los trabajadores mineros de La Platosa.
Reitera el Sindicato Nacional de Mineros, que encabeza el
compañero Napoleón Gómez Urrutia como su Secretario General, su voluntad de no
cejar en su exigencia de justicia tanto a ejidatarios como a mineros, y su
disposición al diálogo. Exige a las autoridades tanto de la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social como a la Secretaría de Energía, lo mismo que al
gobierno del estado de Durango, que pongan fin a esta insensata y arbitraria
actitud de Excellon Resources Inc. que irresponsablemente se ha negado a
dialogar y a llegar a una solución en el caso del incumplimiento del contrato
de arrendamiento con ejidatarios de La Sierrita.
Pero asimismo responsabiliza a dicha compañía de los
actos de desorden que se produzcan con su llamado provocador a los habitantes
del municipio de Bermejillo para acudir a la boca de la mina.
Ya basta de que esta empresa pretenda imponer sus
intereses sobre los de la comunidad afectada, el ejido La Sierrita, y sobre la
voluntad de los trabajadores mineros de La Platosa, agrupados en la Sección
309, de escoger sin interferencias al organismo sindical que los ha de
representar, en uso de la libertad de asociación que promueven las leyes de
México y el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT,
sobre libertad sindical.