SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES MINEROS,
METALÚRGICOS, SIDERÚRGICOS Y SIMILARES
DE LA REPÚBLICA MEXICANA
--BOLETÍN
INFORMATIVO—
16/2013
Lunes 1 de abril
de 2013
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ORDENAN LOS MAGISTRADOS DEL PRIMER
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO, SE CANCELE
INMEDIATAMENTE LA “FICHA ROJA” DE INTERPOL QUE INCONSTITUCIONALMENTE SE EMITIÓ
EN CONTRA DEL LICENCIADO NAPOLEÓN GÓMEZ URRUTIA
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FALSO QUE SE HAYA LIBRADO ORDEN DE
APREHENSIÓN POR DELITO BANCARIO. EL ASUNTO SE ENCUENTRA EN LA FASE DE CUMPLIMIENTO
DE LA SENTENCIA DE AMPARO QUE HACE ONCE MESES SE CONCEDIÓ AL LICENCIADO GÓMEZ
URRUTIA
1.- Mediante
sentencia firme dictada en el Recurso de Revisión de Amparo 224/2012, los
señores Magistrados que integran el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal
del Primer Circuito, Juan José Olvera López, Luis Pérez de la Fuente y José
Luis Villa Jiménez, RESOLVIERON DE MANERA UNÁNIME conceder el amparo
solicitado por el Licenciado Napoleón Gómez Urrutia, Secretario General del
Sindicato Minero, contra la “ficha roja” de Interpol que le impedía desplazarse
internacionalmente.
Hoy la
defensa jurídica del Licenciado Gómez Urrutia, encabezada por el Licenciado
Marco Del Toro, confirma que se otorgó el amparo solicitado por haberse
resuelto que mantener vigente esa “ficha roja” es contrario al marco
constitucional y por ende se ordena su cancelación.
Y es
que era absurdo que se mantuviera vigente la noticia o “ficha roja” de Interpol, cuando las órdenes de
aprehensión en las que se encontraba indebidamente sustentada fueron canceladas
por ilegales e inconstitucionales desde hace más de dos años.
2.- En
otro orden de ideas, es falso que exista una orden de aprehensión por delito
bancario en contra del Licenciado Gómez Urrutia, como se difundió por el membrete
creado y operado por Grupo México de Germán Feliciano Larrea Mota Velasco,
apodado “Veta de Plata” (tan falso en
esta ocasión, como lo ha sido cada vez que este ha aparecido en los últimos
meses).
El Sindicato Minero, no obstante, mantiene una
fundada confianza en que se resuelva conforme a Derecho el cumplimiento de la
sentencia de Amparo relativa al juicio 10/2012 que se sigue en el Primer
Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito. Actualmente se han
encontrado muestras de acciones preocupantes en otros tribunales por
magistrados de consigna, violando la administración de justicia, de las que
oportunamente daremos cuenta, en tanto se ha pretendido pasar por alto la
autoridad de la cosa juzgada y el amparo concedido precisamente con relación a
ese supuesto pero inexistente delito bancario.
La
sentencia de amparo firme en esta otra falsa acusación, se dictó hace once
meses y a partir de entonces, a pesar de esa sentencia, a la fecha no ha sido
acatada. Ello no obstante, el Magistrado del Sexto Tribunal Unitario en Materia
Penal ha planteado cuatro intentos de supuesto cumplimiento que han sido
correctamente calificados de ilegales, ya que en ellos se ha insistido en
incumplir la sentencia en la que se le concedió el amparo al Licenciado Gómez
Urrutia, lo cual ha servido para que en algunos medios de comunicación, con
ignorancia interesada y manipulada, así como con una falta absoluta de ética,
se tenga la imagen arbitraria, mentirosa y absurda de que este amparo no fue
concedido.
Con
estas resoluciones a favor del Licenciado Gómez Urrutia se acaban de echar
abajo las acusaciones falsas que se le habían lanzado, las cuales se demuestra
que sólo han sido posturas interesadas, cobardes y perversas para impedir el
regreso a México del líder nacional minero y para perjudicar de esta manera la
existencia normal del Sindicato Nacional de Mineros.