domingo, 9 de septiembre de 2012

EL PROYECTO DE REFORMA LABORAL DE CALDERON ES SUJETO DE NULIDAD JURIDICA PORQUE LA LEY DEJARIA DE SER TUTELAR Y PROTECTORA DEL TRABAJO Y LOS TRABAJADORES Y, DE APROBARSE, PROTEGERIA AL CAPITAL Y A LOS PATRONES


SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES MINEROS, METALÚRGICOS, SIDERÚRGICOS Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA MEXICANA

 

--COMUNICADO DE PRENSA--

 

50/2012

Domingo 9 de septiembre de 2012

 

*El proyecto de reforma laboral de Calderón es sujeto de nulidad jurídica porque la ley dejaría de ser tutelar y protectora del trabajo y los trabajadores y, de aprobarse, protegería al capital y a los patrones.

 

*Absolutamente insustanciales las multas y castigos en la iniciativa, a la negligencia criminal de las empresas en el sector minero metalúrgico.

 

*La iniciativa va contra los derechos colectivos de los trabajadores y con ella se pretende esclavizar a los trabajadores y anular el Derecho del Trabajo.

 

*En la propuesta de Calderón se rompe el frágil equilibrio entre los factores de la producción, y se rompe la armonía, fundamental para la paz social.

 

El análisis del Sindicato Nacional de Mineros sobre la iniciativa de reforma laboral que con carácter de “preferente” envió Felipe Calderón Hinojosa a la Cámara de Diputados, lleva a la conclusión de que se trata de una reforma que, de aprobarse, haría que la ley dejara de ser tutelar del trabajo y de los trabajadores, para convertirse en protectora del capital y de los empresarios.

 

Por lo tanto es una propuesta jurídicamente despreciable, ya que además de pretender que las leyes mexicanas abandonen su papel de reglamentar y promover el equilibrio entre los factores capital y trabajo, violan la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, la propia Ley Federal del Trabajo actual y los Convenios Internacionales sobre los derechos de los trabajadores, como el 87 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, sobre libertad de asociación sindical, y como el Convenio 98 sobre contratación colectiva.

 

Es una propuesta de los abogados empresariales que haría retroceder los derechos laborales, que son plenos derechos humanos según lo establece la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo Primero, a los remotos tiempos del orden antisocial del porfirismo. Los aspectos cuantitativos de esa propuesta de reforma laboral, indicadores del afán destructivo de quien la promueve, se quedan por completo atrás de sus peligrosos significados y negativas intenciones sociales, políticas e ideológicas, que desde el Constituyente del 17 y a lo largo del siglo 20 se fueron desarrollando con el propósito de proveer a los trabajadores con instrumentos legales que los defiendan frente a los abusos del empresariado.

 

Miente Calderón al afirmar que con esta reforma de carácter neoliberal se crearán empleos, y eso lo demuestran los hechos ocurridos en Europa y en América Latina, donde con similares reformas realizadas desde 1990 no se crearon más empleos, sino al revés, las ocupaciones de planta se volvieron eventuales y por horas, con lo cual desaparecieron muchos de aquellos, creció la pobreza y aumentaron la delincuencia y la emigración de la fuerza de trabajo.

 

Esta reforma retrógrada lo primero que destruiría son los empleos de planta y la estabilidad de los empleos, para sustituirlos por empleos eventuales y por horas, lo cual abarataría inevitablemente los salarios y las prestaciones, dado que los salarios eventuales siempre serán más bajos que los de planta. La reforma pretendida por Calderón, el PAN y los empresarios promueve y facilita los despidos, ya que abarata los juicios de despido porque si llega a convertirse en ley, sólo se pagará un año de salarios caídos en los litigios laborales, en tanto que los tiempos adicionales de un litigio serían gratuitos para los patrones, con lo cual se agudizaría el castigo para los trabajadores.

 

Se vieron los resultados en los países que reformaron sus leyes laborales en el mismo sentido restrictivo que pretende la reforma de Calderón. En España, de 1994 a 1996 aumentó el empleo precario del 12 al 36%, con una desocupación al día de hoy del 25%, en Grecia del 23% y en Italia de casi el 20%. En Argentina, en 1992 tenían el 70% de empleo permanente y 30% temporal, pero con la reforma de Juan Carlos Menem en sólo dos años se invirtieron las proporciones, el 70% fue temporal y sólo el 30% permanente. En Colombia, con la Ley 50 de 1990, fue peor porque se facilitaron y abarataron los despidos y se sustituyó a los verdaderos patrones por contratistas outsourcing, logrando con ello inseguridad plena en los derechos para trabajadores.

 

Esta reforma de Calderón pregona falsamente el llamado trabajo decente, cuando en realidad trata de destruir el trabajo de planta, que es la más importante forma de trabajo decente. Trata de abaratar el trabajo y bajar los salarios. Sin estabilidad en el empleo no hay trabajo decente en ningún lugar del mundo, como lo demuestran los hechos ocurridos en el planeta con este motivo.

 

Asimismo, la iniciativa de Calderón pretende crear nuevos mecanismos de intromisión patronal y gubernamental en los sindicatos, para debilitarlos o destruirlos; rompe el derecho de huelga y anula la contratación colectiva, que en el mundo entero han sido pilares de la dignidad del trabajo, la cual nunca debe ser restringida sino erigida en máximo valor de la función productiva de quienes venden su fuerza laboral a cambio de salarios y prestaciones. Con esta reforma de manera irremisible los sindicatos se hacen de gelatina, hasta los de las centrales tradicionales y corporativas, porque Calderón pretende desaparecer la principal defensa laboral, o sea, los sindicatos. Esta reforma, por estas razones, es inconstitucional y violatoria de los derechos humanos, que son universales.

 

El establecimiento de contratos  eventuales y por horas de la propuesta de Calderón, traería como principal consecuencia la caída del salario, de las prestaciones y de las cuotas al Seguro Social, Infonavit, Fovissste y demás instituciones laborales, lo cual pondría a estas instituciones en la más severa crisis de cuantas hasta el día de hoy hayan enfrentado. Esta ha sido la principal demanda patronal desde 1988, consistente en eliminar el empleo seguro o de planta, precisamente para reducir el salario y las prestaciones, y así los empresarios no cargar más con la obligación de cotizar al Seguro Social y las demás instituciones de protección del trabajo.

 

En síntesis, la iniciativa de Calderón pretende esclavizar el trabajo de los mexicanos, sean o no sindicalizados, estén adscritos a una u otra organización sindical, lo cual resulta una agresión contra la historia, la cual debe seguir marchando en el sentido de proteger los derechos obreros y la libertad de asociación sindical, cuya principal determinación es que los trabajadores puedan efectivamente ejercer esa libertad de asociación, que en la propuesta de Calderón y los abogados empresariales no se niega formalmente pero hipócritamente se anula a profundidad en sus aplicaciones prácticas.

 

EN EL TRABAJO MINERO, SÓLO CASTIGOS LEVES

A PATRONES POR SU NEGLIGENCIA CRIMINAL

 

En esta propuesta de Calderón y de los abogados empresariales se crea un nuevo capítulo como “Trabajos Especiales” para los mineros, debido

--dice la iniciativa-- a “los lamentables accidentes ocurridos en la industria minera”, y propone prohibir el trabajo en tiros verticales de carbón o “pozos”, a menores de edad y otras medidas de seguridad e higiene que de hecho ya están establecidas en ls actuales leyes y reglamentos, pero que cuando se trata de obligar a los patrones a que las cumplan, la acción opera a favor del patrón, y lo mismo y más acentuado sería con la iniciativa de Calderón.

 

Las penas establecidas como multas hasta de 2,000 y 3,500 salarios mínimos por causar incapacidad permanente o parcial a trabajadores, así como la de prisión de 3 a 6 años por causar la muerte de uno o varios trabajadores, el patrón las resolvería con un simple amparo que los dejaría en libertad bajo fianza, ya que esas fallas se considerarían como “delitos leves”,  y no significarían ningún castigo ejemplar por esa negligencia criminal de los empresarios responsables, contrariando la demanda que nuestro Sindicato ha planteado hace varios años por voz de nuestro Secretario General, Napoleón Gómez Urrutia, a la vista de la inaplicación de las leyes actuales por parte del gobierno a favor del sector empresarial.

 

La iniciativa de Calderón le da una mayor protección al patrón minero, y en general al sector empresarial, y proclama un mayor desprecio a la vida, salud e integridad de los trabajadores.

 

ES URGENTE UNA “REFORMA PATRONAL”

 

En materia de sindicatos, según el art. 373 de la iniciativa de Calderón, se obliga a la rendición de cuentas del sindicato si este tiene más de 150  miembros, y “cualquier trabajador” tendrá derecho a solicitar información a la directiva de la organización, y si su solicitud no es satisfecha en ese nivel, podrá hasta acudir a reclamar ese informe ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que según la iniciativa son medidas “de transparencia”. Donde “cualquier trabajador” sería sin duda alguno que el patrón reclutase para ese fin, cooptado mediante los abundantes medios de que dispone.

 

Al Sindicato Nacional de Mineros le parece discriminatoria y totalmente parcial exigirle esta rendición de cuentas sólo a los sindicatos, pero no a los patrones. Los patrones deben ser obligados al mismo régimen de transparencia, cuya omisión en la iniciativa configura una protección adicional a los patrones. Los empresarios, como lo ha señalado el Sindicato Nacional de Mineros, deben ser objeto de una “reforma patronal”, ya que es a los empleadores a quienes cabe la más grave responsabilidad tanto en los conflictos que se presentan, como en las condiciones inequitativas de trabajo.

 

En México urge una “reforma patronal” que ponga dentro de la ley actual y en la Constitución, a las empresas y a sus dueños para que dejen de cometer violaciones y atentados contra los intereses y derechos del sector trabajador. La “reforma patronal” es tan importante como cualesquiera otras de las que se han externado en el ámbito público, bajo el nombre, entre otros, de compromisos del nuevo gobierno.

 

Una “reforma patronal” debe incluir la exigencia de la “toma de nota” para que se sepa si los dirigentes de las asociaciones de empresarios cumplen con las leyes, si sus agremiados transparentan sus situaciones fiscales, si están en lo correcto de sus adeudos y obligaciones en la tributación. Una reforma que también los obligue a ellos y a sus representados a cumplir sus obligaciones en materia de seguridad y protección de la salud, que penalice con castigos verdaderamente efectivos de cárcel a los empresarios que no cumplan las leyes en cualquier ámbito de la actividad económica nacional. Que los hombres de empresa se comprometan con el país y no nos lleven a nuevas fugas de capital como las que habitualmente realizan en contra de los intereses de la nación.

 

LA INICIATIVA DE CALDERON, CONTRA LA CONSTITUCIÓN

 

Las medidas propuestas en esta iniciativa, en resumen, tienden a destruir los derechos colectivos de los trabajadores, que son el de contratación colectiva, el de libertad de asociación y el de huelga, tres instituciones indivisibles del derecho sindical, que en boca de los tratadistas más eminentes en la materia, son la base y el fundamento de todo país democrático. En el proyecto de Calderón, los derechos colectivos son restringidos y, donde se puede, destruidos, lo que obviamente favorece a la parte patronal e impide a los obreros defender sus derechos económicos y de libertad sindical, lo cual esclaviza a los trabajadores.

 

En varios aspectos fundamentales, la reforma de Calderón es contraria a la Constitución, por lo tanto está viciada de nulidad jurídica. Precarizar el empleo, sustituir los salarios mínimos por salarios infinitamente menores, sobreexplotar el trabajo, negar el acceso a la salud, impedir el derecho de huelga, vulnerar la libertad sindical, imponer que los trabajadores mediante los empleos precarios no tengan derecho a un proyecto de vida con dignidad, son expresiones que están presentes a lo largo de esta iniciativa de reforma laboral.

 

Por lo cual no dudamos en manifestar que la reforma de Calderón rompe el frágil equilibrio entre los factores de la producción que la Constitución prevé cuando dice que las leyes y el gobierno deben armonizar “los derechos del trabajo con los del capital”, debido a que las partes son desiguales, y donde la armonía es y debe seguir siendo el factor fundamental de la paz social.

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