SINDICATO NACIONAL DE
TRABAJADORES MINEROS, METALÚRGICOS, SIDERÚRGICOS Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA
MEXICANA
--COMUNICADO DE
PRENSA--
50/2012
Domingo 9 de septiembre de
2012
*El proyecto de reforma laboral de Calderón es sujeto
de nulidad jurídica porque la ley dejaría de ser tutelar y protectora del
trabajo y los trabajadores y, de aprobarse, protegería al capital y a los
patrones.
*Absolutamente
insustanciales las multas y castigos en la iniciativa, a la negligencia
criminal de las empresas en el sector minero metalúrgico.
*La
iniciativa va contra los derechos colectivos de los trabajadores y con ella se
pretende esclavizar a los trabajadores y anular el Derecho del Trabajo.
*En la
propuesta de Calderón se rompe el frágil equilibrio entre los factores de la
producción, y se rompe la armonía, fundamental para la paz social.
El análisis del Sindicato Nacional de Mineros sobre la iniciativa de
reforma laboral que con carácter de “preferente” envió Felipe Calderón Hinojosa
a la Cámara de Diputados, lleva a la conclusión de que se trata de una reforma
que, de aprobarse, haría que la ley dejara de ser tutelar del trabajo y de los
trabajadores, para convertirse en protectora del capital y de los empresarios.
Por lo tanto es una propuesta jurídicamente despreciable, ya que además
de pretender que las leyes mexicanas abandonen su papel de reglamentar y
promover el equilibrio entre los factores capital y trabajo, violan la
Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, la propia Ley Federal del Trabajo
actual y los Convenios Internacionales sobre los derechos de los trabajadores,
como el 87 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, sobre libertad de
asociación sindical, y como el Convenio 98 sobre contratación colectiva.
Es una propuesta de los abogados empresariales que haría retroceder los
derechos laborales, que son plenos derechos humanos según lo establece la
Constitución de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo Primero, a los
remotos tiempos del orden antisocial del porfirismo. Los aspectos cuantitativos
de esa propuesta de reforma laboral, indicadores del afán destructivo de quien
la promueve, se quedan por completo atrás de sus peligrosos significados y
negativas intenciones sociales, políticas e ideológicas, que desde el Constituyente
del 17 y a lo largo del siglo 20 se fueron desarrollando con el propósito de
proveer a los trabajadores con instrumentos legales que los defiendan frente a
los abusos del empresariado.
Miente Calderón al afirmar que con esta reforma de carácter neoliberal
se crearán empleos, y eso lo demuestran los hechos ocurridos en Europa y en
América Latina, donde con similares reformas realizadas desde 1990 no se
crearon más empleos, sino al revés, las ocupaciones de planta se volvieron
eventuales y por horas, con lo cual desaparecieron muchos de aquellos, creció
la pobreza y aumentaron la delincuencia y la emigración de la fuerza de
trabajo.
Esta reforma retrógrada lo primero que destruiría son los empleos de
planta y la estabilidad de los empleos, para sustituirlos por empleos
eventuales y por horas, lo cual abarataría inevitablemente los salarios y las
prestaciones, dado que los salarios eventuales siempre serán más bajos que los
de planta. La reforma pretendida por Calderón, el PAN y los empresarios promueve
y facilita los despidos, ya que abarata los juicios de despido porque si llega
a convertirse en ley, sólo se pagará un año de salarios caídos en los litigios
laborales, en tanto que los tiempos adicionales de un litigio serían gratuitos
para los patrones, con lo cual se agudizaría el castigo para los trabajadores.
Se vieron los resultados en los países que reformaron sus leyes
laborales en el mismo sentido restrictivo que pretende la reforma de Calderón.
En España, de 1994 a 1996 aumentó el empleo precario del 12 al 36%, con una
desocupación al día de hoy del 25%, en Grecia del 23% y en Italia de casi el
20%. En Argentina, en 1992 tenían el 70% de empleo permanente y 30% temporal,
pero con la reforma de Juan Carlos Menem en sólo dos años se invirtieron las
proporciones, el 70% fue temporal y sólo el 30% permanente. En Colombia, con la
Ley 50 de 1990, fue peor porque se facilitaron y abarataron los despidos y se
sustituyó a los verdaderos patrones por contratistas outsourcing,
logrando con ello inseguridad plena en los derechos para trabajadores.
Esta reforma de Calderón pregona falsamente el llamado trabajo decente,
cuando en realidad trata de destruir el trabajo de planta, que es la más
importante forma de trabajo decente. Trata de abaratar el trabajo y bajar los
salarios. Sin estabilidad en el empleo no hay trabajo decente en ningún lugar
del mundo, como lo demuestran los hechos ocurridos en el planeta con este
motivo.
Asimismo, la iniciativa de Calderón pretende crear nuevos mecanismos de
intromisión patronal y gubernamental en los sindicatos, para debilitarlos o
destruirlos; rompe el derecho de huelga y anula la contratación colectiva, que
en el mundo entero han sido pilares de la dignidad del trabajo, la cual nunca
debe ser restringida sino erigida en máximo valor de la función productiva de
quienes venden su fuerza laboral a cambio de salarios y prestaciones. Con esta
reforma de manera irremisible los sindicatos se hacen de gelatina, hasta los de
las centrales tradicionales y corporativas, porque Calderón pretende
desaparecer la principal defensa laboral, o sea, los sindicatos. Esta reforma,
por estas razones, es inconstitucional y violatoria de los derechos humanos,
que son universales.
El establecimiento de contratos eventuales y por horas de la
propuesta de Calderón, traería como principal consecuencia la caída del
salario, de las prestaciones y de las cuotas al Seguro Social, Infonavit,
Fovissste y demás instituciones laborales, lo cual pondría a estas
instituciones en la más severa crisis de cuantas hasta el día de hoy hayan
enfrentado. Esta ha sido la principal demanda patronal desde 1988, consistente
en eliminar el empleo seguro o de planta, precisamente para reducir el salario
y las prestaciones, y así los empresarios no cargar más con la obligación de
cotizar al Seguro Social y las demás instituciones de protección del trabajo.
En síntesis, la
iniciativa de Calderón pretende esclavizar el trabajo de los mexicanos, sean o
no sindicalizados, estén adscritos a una u otra organización sindical, lo cual
resulta una agresión contra la historia, la cual debe seguir marchando en el
sentido de proteger los derechos obreros y la libertad de asociación sindical,
cuya principal determinación es que los trabajadores puedan efectivamente
ejercer esa libertad de asociación, que en la propuesta de Calderón y los
abogados empresariales no se niega formalmente pero hipócritamente se anula a
profundidad en sus aplicaciones prácticas.
EN
EL TRABAJO MINERO, SÓLO CASTIGOS LEVES
A
PATRONES POR SU NEGLIGENCIA CRIMINAL
En esta propuesta de Calderón y de los abogados empresariales se crea un
nuevo capítulo como “Trabajos Especiales” para los mineros, debido
--dice la iniciativa-- a “los lamentables accidentes ocurridos en la
industria minera”, y propone prohibir el trabajo en tiros verticales de carbón
o “pozos”, a menores de edad y otras medidas de seguridad e higiene que de
hecho ya están establecidas en ls actuales leyes y reglamentos, pero que cuando
se trata de obligar a los patrones a que las cumplan, la acción opera a favor
del patrón, y lo mismo y más acentuado sería con la iniciativa de Calderón.
Las penas establecidas como multas hasta de 2,000 y 3,500 salarios
mínimos por causar incapacidad permanente o parcial a trabajadores, así como la
de prisión de 3 a 6 años por causar la muerte de uno o varios trabajadores, el
patrón las resolvería con un simple amparo que los dejaría en libertad bajo
fianza, ya que esas fallas se considerarían como “delitos leves”, y no
significarían ningún castigo ejemplar por esa negligencia criminal de los
empresarios responsables, contrariando la demanda que nuestro Sindicato ha
planteado hace varios años por voz de nuestro Secretario General, Napoleón
Gómez Urrutia, a la vista de la inaplicación de las leyes actuales por parte
del gobierno a favor del sector empresarial.
La iniciativa de
Calderón le da una mayor protección al patrón minero, y en general al sector
empresarial, y proclama un mayor desprecio a la vida, salud e integridad de los
trabajadores.
ES URGENTE UNA
“REFORMA PATRONAL”
En materia de sindicatos, según el art. 373 de la iniciativa de
Calderón, se obliga a la rendición de cuentas del sindicato si este tiene más
de 150 miembros, y “cualquier trabajador” tendrá derecho a solicitar
información a la directiva de la organización, y si su solicitud no es
satisfecha en ese nivel, podrá hasta acudir a reclamar ese informe ante las
Juntas de Conciliación y Arbitraje, que según la iniciativa son medidas “de
transparencia”. Donde “cualquier trabajador” sería sin duda alguno que el
patrón reclutase para ese fin, cooptado mediante los abundantes medios de que
dispone.
Al Sindicato
Nacional de Mineros le parece discriminatoria y totalmente parcial exigirle
esta rendición de cuentas sólo a los sindicatos, pero no a los patrones. Los
patrones deben ser obligados al mismo régimen de transparencia, cuya omisión en
la iniciativa configura una protección adicional a los patrones. Los
empresarios, como lo ha señalado el Sindicato Nacional de Mineros, deben ser
objeto de una “reforma patronal”, ya que es a los empleadores a quienes cabe la
más grave responsabilidad tanto en los conflictos que se presentan, como en las
condiciones inequitativas de trabajo.
En México urge una “reforma patronal” que ponga dentro de la ley actual
y en la Constitución, a las empresas y a sus dueños para que dejen de cometer
violaciones y atentados contra los intereses y derechos del sector trabajador.
La “reforma patronal” es tan importante como cualesquiera otras de las que se
han externado en el ámbito público, bajo el nombre, entre otros, de compromisos
del nuevo gobierno.
Una “reforma
patronal” debe incluir la exigencia de la “toma de nota” para que se sepa si
los dirigentes de las asociaciones de empresarios cumplen con las leyes, si sus
agremiados transparentan sus situaciones fiscales, si están en lo correcto de
sus adeudos y obligaciones en la tributación. Una reforma que también los
obligue a ellos y a sus representados a cumplir sus obligaciones en materia de
seguridad y protección de la salud, que penalice con castigos verdaderamente
efectivos de cárcel a los empresarios que no cumplan las leyes en cualquier
ámbito de la actividad económica nacional. Que los hombres de empresa se
comprometan con el país y no nos lleven a nuevas fugas de capital como las que
habitualmente realizan en contra de los intereses de la nación.
LA
INICIATIVA DE CALDERON, CONTRA LA CONSTITUCIÓN
Las medidas propuestas en esta iniciativa, en resumen, tienden a
destruir los derechos colectivos de los trabajadores, que son el de
contratación colectiva, el de libertad de asociación y el de huelga, tres
instituciones indivisibles del derecho sindical, que en boca de los tratadistas
más eminentes en la materia, son la base y el fundamento de todo país democrático.
En el proyecto de Calderón, los derechos colectivos son restringidos y, donde
se puede, destruidos, lo que obviamente favorece a la parte patronal e impide a
los obreros defender sus derechos económicos y de libertad sindical, lo cual
esclaviza a los trabajadores.
En varios aspectos
fundamentales, la reforma de Calderón es contraria a la Constitución, por lo
tanto está viciada de nulidad jurídica. Precarizar el empleo,
sustituir los salarios mínimos por salarios infinitamente menores,
sobreexplotar el trabajo, negar el acceso a la salud, impedir el derecho de
huelga, vulnerar la libertad sindical, imponer que los trabajadores mediante
los empleos precarios no tengan derecho a un proyecto de vida con dignidad, son
expresiones que están presentes a lo largo de esta iniciativa de reforma
laboral.
Por lo cual no dudamos en manifestar que la reforma de Calderón rompe el
frágil equilibrio entre los factores de la producción que la Constitución prevé
cuando dice que las leyes y el gobierno deben armonizar “los derechos del
trabajo con los del capital”, debido a que las partes son desiguales, y donde
la armonía es y debe seguir siendo el factor fundamental de la paz social.